Aprobada la nueva Directiva que permite la persecución transfronteriza de las multas de tráfico

La Unión Europea ha aprobado la nueva directiva para el intercambio transfronterizo de datos sobre infracciones de tráfico que permitirá que las multas por delitos cometidos en otro país comunitario lleguen a los conductores. La norma vigente fue anulada el 6 de mayo del año pasado por el Tribunal de Justicia de la UE por haber tomado como base jurídica la cooperación policial. No obstante, el fallo mantuvo sus efectos durante un periodo máximo de un año con el fin de dar tiempo a adoptar una nueva norma con la base jurídica adecuada.

NUEVA BASE JURÍDICA

Las principales novedades de esta nueva Directiva, adoptada por el Consejo el 2 de marzo, son que corrige la base jurídica que pasa a ser transporte y no cooperación judicial, tal y como pedía el Tribunal, y amplía su aplicación al Reino Unido, Irlanda y Dinamarca que no participaron en la adopción de la anterior normativa.

ACCESO A LOS DATOS

En virtud de la nueva regulación, los Estados miembros pueden acceder a los datos nacionales de registro de vehículos de los demás países a fin de encontrar a personas responsables de ciertas infracciones que ponen en riesgo la seguridad vial.

El presunto infractor puede ser contactado con una carta modelo incluida en la directiva, pero depende del Estado miembro en el que tuvo lugar la infracción decidir si impone una multa.

INFRACCIONES

El intercambio de datos afecta a ocho infracciones de tráfico:

1. Exceso de velocidad.
2. No utilización del cinturón de seguridad.
3. No detención ante un semáforo en rojo.
4. Conducción en estado de embriaguez.
5. Conducción bajo los efectos de drogas.
6. No utilización del casco de protección.
7. Circulación por un carril prohibido.
8. Utilización ilegal de un teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo de comunicación durante la conducción.

Autor: AEA
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