Una reciente sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Redondela (Pontevedra) ha absuelto a un conductor, socio de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), de una falta de desobediencia de la que se le acusaba por haber quebrantado la inmovilización de un vehículo decretada por la Guardia Civil con motivo de un control positivo de alcoholemia.
El juez ha admitido íntegramente los argumentos jurídicos de AEA, al considerar que el conductor no cometió infracción alguna por llevarse su coche -después de varias horas de espera-, porque no “fue advertido expresamente y con la suficiente claridad, tanto del procedimiento a seguir para levantar la inmovilización del vehículo, como de las consecuencias penales del quebrantamiento de dicha inmovilización antes de que fuese formalmente levantada por la autoridad competente”.
En la sentencia se señala que incluso en la parte del acta de inmovilización donde se describe el procedimiento a seguir para levantarla “no está firmada por el ciudadano afectado”.