Mi residencia está rodeada totalmente por zona ORA, y por razones particulares tengo que dejar el coche
en la calle. Por ello, he solicitado la tarjeta de residente, la cual me han denegado porque dicen que tengo dos denuncias pendientes. Me he acercado al ayuntamiento y les he comunicado que no tengo conocimiento de tales denuncias, que por cierto son por aparcar sin tarjeta en zona ORA, a lo que me contestan que ya me las notificarán. Ante esta situación mi problema es que si no me dan la tarjeta corro el riesgo de que me sigan denunciando. ¿Esto es normal? ¿Debo esperar a que me envíen la denuncia para poder recurrirla o pagarla?.
La regulación de las zonas de ORA es de estricta competencia de cada ayuntamiento mediante la aprobación de la oportuna Ordenanza que debe estar publicada en el correspondiente boletín oficial de la provincia. Por tanto, para saber los requisitos que son exigibles para obtener la tarjeta de residente puede solicitar en su municipio una copia de la ordenanza, o bien que le indiquen la fecha de su publicación.
No obstante, si efectivamente se establece en la norma municipal la inexistencia de denuncias como requisito para otorgarle tal autorización, entendemos que ésta sería una exigencia ilegal por cuanto la simple denuncia no implica que los hechos denunciados fueron ciertos. Esto sólo ocurre después de un proceso contradictorio y cuando se ha dictado una resolución firme. Nuestro consejo es que haga la solicitud y si se la deniegan (tienen que hacerlo por escrito), plantee el correspondiente recurso administrativo.
Si se lo vuelven a rechazar tendría que plantear su pretensión ante los tribunales para que sean estos los que declaren nula incluso la propia norma municipal.