ITV 2016: Uno de cada cinco vehículos, rechazados en la primera inspección

Las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) españolas llevaron a cabo la revisión de 19.509.380 vehículos durante el año 2016, un 4% más que en 2015. Del total de vehículos inspeccionados, 3.661.854, no superaron a la primera la inspección obligatoria (18,77% del total), esto supone que casi uno de cada cinco vehículos fue rechazado por no reunir las condiciones mínimas de seguridad o por emitir a la atmósfera emisiones contaminantes y nocivas superiores a lo permitido por ley.

Esta tasa de rechazo obedece a que durante las inspecciones se detectaron hasta un total de 23.888.560 defectos, de los cuales 6.886.276 eran graves (aquellos que automáticamente imposibilitan que un vehículo pueda superar la inspección técnica). Así, el promedio de errores graves detectados por vehículo rechazado es 1,9 defectos por vehículo, ya que en muchos de ellos se detectaron más de un defecto grave.

La tendencia en el número de vehículos que acudieron a la inspección sigue al alza pese a que el parque nacional de vehículos apenas experimenta crecimiento desde 2011, según los últimos datos publicados difundidos por la Dirección General de Tráfico (DGT) y otros organismos oficiales referidos a 2016. La crisis económica ha influido en que un gran número de usuarios no haya podido cambiar de vehículo en los últimos años, llevando la edad media de nuestro parque hasta los 14 años y en consecuencia, a que el número de vehículos obligados a pasar la ITV con mayor frecuencia aumente.

Habría que añadir a esta circunstancia, una mayor vigilancia de la DGT quien, a través de cámaras de postes y radares implantados a partir de 2014, puede detectar cuando un vehículo tiene pasada la ITV. Las estaciones de inspección técnica de vehículos, además, envían a la DGT información en tiempo real de su actividad inspectora.

Segundas o posteriores inspecciones

En segundas inspecciones, a las que los vehículos rechazados están obligados a presentarse, el número de vehículos que pasó la inspección -tras corregir las deficiencias técnicas graves que se les detectaron- fue de 3.457.394, mientras que el porcentaje de rechazados en segunda o posteriores inspecciones todavía es del 7,08% (263.529 vehículos).

Alto nivel de absentismo

En torno al 15-20% de vehículos circulan sin tener la ITV vigente según los datos más recientes. Desde AECA-ITV se estima que este comportamiento se da en el 17,71% de los casos en turismos particulares, en un 7,44% en camiones, un 52% de los casos en furgonetas, en un 21,20% de los autobuses, en un 58,89% de las motocicletas y en un 48,81% en el caso de los remolques.

El segmento en el que más defectos graves se encontraron fue el de alumbrado y señalización (24,1%), seguido de ejes ruedas, neumáticos y suspensión (21,7%), frenos (14,7%) y emisiones contaminantes (13,3%). Por el tipo de vehículos los que presentaron mayores defectos graves fueron camiones, remolques, semirremolques y autobuses y furgonetas (más de 2 defectos graves por vehículo). En concreto, de todos los camiones, remolques, autobuses y furgonetas que van a pasar a la primera la ITV fueron rechazados el 26,6%, el 25,7%, el 24,4% y el 23,4% respectivamente. Los vehículos que por sus características particulares entran dentro de la categoría de otros (quads, cuatriciclos, etc.) también experimentaron una alta tasa de rechazo en primera inspección, casi un 28%.

Autor: DGT
La Dirección General de Tráfico (DGT) es un organismo autónomo dependiente del Ministerio del Interior de España responsable de la ejecución de la política vial. La administración territorial se compone de 50 Jefaturas Provinciales de Tráfico, una por provincia, dos jefaturas locales de Tráfico en Ceuta y Melilla y 14 oficinas locales de Tráfico que realizan la tramitación relativa a la titularidad de los vehículos, conductores y procedimiento sancionador por infracciones de tráfico en el ámbito interurbano. En estas labores cuenta con el apoyo de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Fue creada mediante la ley 47/59, de 30 de julio de 1959, sobre regulación de la competencia en materia de tráfico.

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