Una reciente sentencia dictada por la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en un procedimiento sumario para la protección de Derechos Fundamentales, a la que ha tenido acceso la organización de defensa de los conductores, Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha estimado un recurso de apelación interpuesto por un automovilista a cuenta de una sanción por exceso de velocidad de 300€ y 2 puntos.
El Ayuntamiento de Madrid le había impuesto una sanción 300€ y la detracción de 2 puntos por circular a 72 km/h por la Calle Sinesio Delgado, de Madrid, que tiene un límite de 50km/h, porque el consistorio madrileño vulneró el derecho establecido en el Art. 24 de la Constitución al no practicar (ni rechazar) ninguna de las pruebas propuestas para su defensa.