Rent-a-car condenado a devolver el importe de unos daños cobrados indebidamente

La falta de información básica del contrato, los cobros indebidos en las tarjetas de crédito por daños no acreditados en el momento de devolver el vehículo y los gastos injustificados por la gestión en la tramitación de multas, son los motivos más frecuentes de las reclamaciones que la organización de defensa de los conductores, Automovilistas Europeos Asociados (AEA) realiza a las empresas de rent a car en defensa de los derechos de los consumidores.

Una reciente sentencia judicial dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 50 de Madrid, ha estimado la demanda interpuesta bajo el asesoramiento de los servicios jurídicos de la organización de defensa de los conductores, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), y ha condenado a la empresa EUROPCAR IB.SA, a devolver a un automovilista la suma de 265,36 euros, más intereses y costas, que habían sido cobradas indebidamente de su tarjeta de crédito al atribuirle la responsabilidad de unos daños causados en el vehículo alquilado de los que era totalmente ajeno.

Cargos en la tarjeta no autorizados

El caso ahora resuelto favorablemente para el socio de AEA se inició por un cargo no autorizado de 265,36 € que Europcar hizo en su tarjeta de crédito, argumentando que se trataba de la reparación de unos daños que tenía el coche alquilado cuando lo devolvió.

Los daños no habían quedado reflejados en el contrato

Sin embargo, dicho argumento no era cierto porque cuando el automovilista recogió el coche los daños ya existían y exigió que fueran reflejados en el contrato de alquiler, pero esto no se hizo “porque -según le dijeron- entraban dentro de los daños de cortesía asumidos por Europcar.”

Europcar no acreditó ni los daños que reclamaba, ni su importe

Por ese motivo el usuario hizo la oportuna reclamación el servicio de Atención al cliente de Europcar, pero ésta fue rechazada, por lo que el automovilista afectado se puso en manos de los servicios jurídicos de AEA para defender sus legítimos derechos, dado que ni estaba acreditado que los daños reclamados por Europcar hubieran sido causados por el usuario, ni que las cantidades cobradas indebidamente se correspondieran con el coste real de la reparación, como ahora ha quedado nitidamente recogido en la sentencia que condena a Europcar a devolver no sólo las cantidades indebidamente percibidas sino también los intereses legales devengados y las costas.

Principal causa de reclamación de AEA a las empresas de rent-a-car

Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, “Este caso constituye un importante precedente jurídico en la defensa de los derechos de los automovilistas a la hora de alquilar un coche y pone en evidencia el riesgo de que le reclamen la reparación de unos daños de los que no son responsables, si no se hacen constar en el contrato en el momento de retirar el vehículo.”

“De hecho -concluye Arnaldo– esta es la causa más frecuente, junto con el cobro abusivo de gastos de gestión por tramitación multas, de las reclamaciones que realizamos a las empresas de alquiler de coches en defensa de los intereses de nuestros Socios.”

Fuente: AEA

Autor: AEA
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