El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado las ordenanzas municipales aprobadas hace cuatro años en los municipios de Sant Adrià de Besòs, Hospitalet de Llobregat, Cornellà y Esplugues para regular la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) dentro de las rondas de Barcelona, porque según se recoge en las cuatro sentencias dictadas “la falta de un análisis suficiente de las alternativas, ni de las consecuencias económicas, sociales y sobre el mercado y competencia que producen las medidas, ni se evalúan suficientemente los costes y beneficios que implica el proyecto de disposición para sus destinatarios, así como las cargas administrativas que supone la promulgación de la Ordenanza, comporta la existencia de vicios sustanciales en la elaboración de la norma, lo que conduce a su nulidad.”
A estas cuatro ciudades les ha sucedido lo mismo que al Ayuntamiento de Barcelona, municipio al que el TSJC ya le anuló su ordenanza, siendo ratificada esta decisión por el Tribunal Supremo, lo que obligó a aprobar una nueva norma municipal.
Las nuevas resoluciones judiciales suponen que L’Hospitalet y Cornella se queden sin ZBE porque no tienen una nueva ordenanza; en cambio, Sant Adrià de Besòs no está afectada porque ya ha hecho la actualización -como Barcelona- y Esplugues ha recurrido al Supremo, por lo que podrá mantenerla al menos hasta que se resuelva el recurso.
“Si bien es cierto que las sentencias son recurribles ante el Supremo -señala el presidente de AEA, Mario Arnaldo- creemos que por prudencia estos ayuntamientos deberían suspender la tramitación y cobro de las multas impuestas hasta ahora, dado que si esperan al pronunciamiento definitivo del Alto Tribunal, la deuda que tendrían que devolver en su día con intereses a los ciudadanos podría alcanzar decenas de millones de euros».
Entre tanto, AEA aconseja que se recurran todas estas multas, para evitar que cuando las sentencias adquieran firmeza haya que acudir en su día a un engorroso procedimiento de responsabilidad patrimonial de la Administración para solicitar la devolución de lo pagado.
Fuente: AEA