EL TSJPV admite el recurso de AEA contra el redondeo al alza del peaje de la AP-8 La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha admitido a trámite el recurso presentado por la asociación de defensa de los automovilistas, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), contra el Decreto Foral que aprobó las tarifas fijando el canon por la utilización de la autopista AP-8 para el 2007, y ha requerido a la Diputación Foral de Guipúzcoa la remisión del expediente administrativo.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha admitido a trámite el recurso presentado por la asociación de defensa de los automovilistas, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), contra el Decreto Foral que aprobó las tarifas fijando el canon por la utilización de la autopista AP-8 para el 2007, y ha requerido a la Diputación Foral de Guipúzcoa la remisión del expediente administrativo.
Como se recordará, a finales del mes de enero AEA hizo público un informe en el que denunciaba que en los últimos tres ejercicios (2005 –2007), en la fijación del Canon de Utilización de Infraestructuras Viarias (denominación equivalente al peaje de las autopistas en Guipúzcoa) se había aplicado un redondeo al alza no autorizado.
Así en el ejercicio de 2005, se aplicó una subida media de tarifas del 5,19%, cuando la sociedad encargada de la explotación de la autopista, la sociedad pública Bidegi, propuso en su informe una subida del 3.04%, equivalente al 95% de la variación interanual del IPC en el País Vasco.
Similares subidas se han producido en el 2006 –en lugar del 3,04% que figuraba en la propuesta de Bidegi se aplicaron subidas medias del 7,16%-, así como en el presente ejercicio del 2007 donde las subidas han sido del 7,42% en lugar del 3,42% contemplado en el informe de la sociedad pública.
Según se explica en el preámbulo del Decreto Foral de actualización de las tarifas para el año 2007, recurrido ahora por AEA, se establece como regla para la aplicación del incremento el redondeo al alza de las tarifas “con el fin de facilitar la gestión del cobro del canon en metálico”
AEA considera que la aplicación de ese redondeo al alza de las tarifas “no está contemplado en la norma foral reguladora del Canon de Utilización de Infraestructuras Viarias dentro del territorio de Guipúzcoa”, y que además es “absolutamente lesivo para los legítimos derechos de los automovilistas como consumidores de un servicio público esencial, como es el uso de la autopista”.
No obstante, y con independencia del curso que siga el recurso judicial planteado, el presidente de AEA, Mario Arnaldo, ha manifestado su extrañeza por la actuación de la Diputación Foral de Guipúzcoa en este asunto, “ya que es muy difícil comprender cómo el mismo día en que entra en vigor una ley que mejora los derechos de los consumidores –entre los cuales se contempla la nulidad de las cláusulas abusivas que contengan redondeos al alza de productos o servicios- la Administración comienza a aplicar redondeos al alza que suponen incrementos de las tarifas cuatro veces superiores a la variación interanual del IPC”.