Tenemos aquí el ejemplo de como para expoliar vale hasta aparcar en una parada de bus, porque claro, que mejor sitio para expoliar que estar aparcado y estorbando en una parada de bus, seguro que nadie se imagina que el coche que esta estorbando ahí es justo un radar móvil y si justo ponemos de radar móvil un coche mas barato de a lo que estamos acostumbrados a ver pues la recaudación es perfecta y mas operativa todavía aún si cabe.
Podria decir donde han estado tomadas estas fotos pero creo que sobra, hay que tener claro que esto no es algo puntual de un municipio, estas ansias recaudadoras son algo extendido por toda la geografía española y cada cual tiene sus mejores sitios paraa recaudar sin importarles si estorban o si estan bien aparcados legalmente.
¿Para cuando una ley que les obligue a estacionar de forma legal cuando pongan un radar móvil?, ¿o es que prima la recaudación sobre la legalidad del estacionamiento?, claro, evidentemente, prima la recaudación, vaya preguntas que me hago.
Un bonito detalle es tapar la cara del agente expoliador, ya que el 99% de las veces están «durmiendo la siesta».
Cerca de mi casa se ponen en un tramo de carretera, aparcados a la entrada de una raqueta limitada a 70 en el arcén a sestear mientras sus «colegas» esperan mas abajo para poner la receta… si yo paro me obligan a poner triángulos, hacer una fogata, señales de humo e ir con el chaleco amarillo… ellos, por nuestra seguridad, se ponen entorpeciendo la entrada de la raqueta, sin señalizar, ocupando arcen y algo de calzada… Y NO PASA NADA… es que está claro, hay una línea llamada ley en donde la gente normal estamos por debajo, y políticos, policias, terroristas y delincuentes rumanos están por encima de ella…
País País…. paga impuestos que hay que pagar nuevos audis A8 para los nuevos «eurodipuchupopteros»…
Lo de aparcar el vehículo radar en el carril Bus para denunciar clama al cielo. El art. 94.i) del R.G.C. dice taxativamente. Queda pohibido «PARAR». En las zonas destinadas para estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano. Prohibe parar, ya aparcar ni te cuento. El art. 3.1 de la Ley 4/1999, de 13 de Enero, de modificación de la LRJPAC, se expresa en los siguientes términos.
Las Administraciones Públicas sirven con objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquia, descentralización, desconcentración y coordinación, con SOMETIMIENTO PLENO a la Constitución, a la Ley y al Derecho. Igualmente, deberán respetar en su actuación los principios de buena fe y de confianza legitima. y el .2, que és el párrafo siguiente del mismo art. Las Administraciones Públicas, en sus relaciones, se rigen por el principio de cooperación y colaboración, y en su actuación por los criterios de eficacia y SERVICIOS A LOS CIUDADANOS.
Esta claro que la Ley ya existe, la pregunta es ¿ quién se la hace cumplir a la Administración ?. Estamos los ciudadanos totalmente desprotegidos, nosotros si la tenemos que cumplir, ellos no. En este caso del radar que hacer, nosotros como ciudadanos le sacamos una foto al coche-radar y, presentamos la denuncia, durante el procedimieto administrativo con que asistencia letrada contamos, como me defiendo ante posibles represalias. Los politicos hablan mucho de democracia, pero la democracia es para el que tiene el poder y el dinero, los ciudadanos de a pie, OIR, VOTAR, y CALLAR.