La Audiencia Provincial de Castellón ha autorizado a que un conductor condenado a 20 meses sin carnet de conducir
pueda cumplir la pena de forma fraccionada. La sala entiende que, en caso contrario, la pena resultaría más gravosa de lo previsto en la ley.
Según la sentencia, la inmediata retirada del permiso supondría un drástico cambio de las posibilidades laborales del trabajador que motivaría su despido. El condenado presentó una certificación de la empresa que indicaba de manera
fehaciente que para su empleo era imprescindible conducir.
El conductor también acreditó la existencia de cargas familiares, siendo su salario «el único medio del que dispone». Además, probó que la vivienda en la que reside no es de su propiedad, por lo que también hay que descartarla como posible fuente de ingresos.
El fraccionamiento de la pena es algo habitual cuando se trata de una sanción administrativa. Sin embargo, supone
una novedad en el ámbito penal. De hecho, la propia sala entiende que la posibilidad de acordar el cumplimiento fraccionado de la pena de privación del permiso de conducir no puede «ni generalizarse ni acabar convirtiendo la sanción en una pena carente de efectos intimidatorios, lo que sería incompatible con la función de tutela que la pena
cumple».
En consecuencia, el tribunal entiende que la conciliación entre la ejecución de una pena y la vida laboral debe hacerse
de manera que el cumplimiento de aquella represente un esfuerzo para el penado, por lo que estima oportuno acceder
al fraccionamiento pero condicionando tal decisión al hecho de que el conductor cumpla la pena en periodos no superiores a seis meses y siempre que su cumplimiento no se prolongue más allá del doble del tiempo total de la pena impuesta (40 meses).