Reducen una condena por atropello mortal debido al retraso del juicio

La Audiencia de Cantabria ha reducido a la mitad la condena impuesta a un taxista que mató a un peatón al ir distraído revisando unas notas mientras conducía, porque el Juzgado que tenía que resolver el caso lo tuvo dos años parado sin
motivo.

El Juzgado de lo Penal nº 2 de Santander había condenado al conductor a dos años de cárcel y el mismo tiempo de
suspensión del carnet de conducir como autor de un delito de homicidio por imprudencia. Además, le impuso el pago
de una indemnización de 88.562 euros a los familiares de la fallecida.

El acusado apeló la sentencia al considerar que, aunque las consecuencias del accidente fueran fatales, su imprudencia fue leve, y para quejarse del retraso con el que se juzgó el caso. Ahora, la Audiencia estima que su imprudencia fue “sumamente grave”, porque “ir pendiente de la revisión de una nota o apunte mientras se conduce” es algo “absolutamente incompatible con una conducción mínimamente atenta” .

Sin embargo, acepta su protesta por dilaciones indebidas, ya que considera probado que la causa estuvo parada durante dos años en el Juzgado de lo Penal sin que su titular hiciera “otra cosa que dictar un acuerdo de abstención», lo que resulta «desproporcionado”.

Por ello reduce las dos penas a once meses, tanto la de prisión como la de retirada del carnet.

Autor: AEA
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