El Parlamento Europeo acaba de aprobar una directiva según la cual se refuerza el intercambio de información entre paises europeos para de esa forma asegurar que las multas lleguen al infractor.
Esta directiva no va a afectar de momento a las multas de aparcamiento y aparte de eso va a empezar con la ausencia de Reino Unido, Irlanda y Dinamarca que han preferido no participar en dicha medida. Los demás paises comunitarios van a disponer de un plazo de 2 años para adoptar el cambio normativo.
Esta norma se va a aplicar a infracciones como el exceso de velocidad, no utilizar el cinturón de seguridad, saltarse un semáforo en rojo, conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, hablar por teléfono al volante, circular por una vía no permitida (como el carril bus), no llevar el casco y no respetar la distancia de seguridad.
Las autoridades del país donde el vehículo esté matriculado deberán comunicar los datos del conductor en el momento de la infracción al país donde se haya cometido la falta. Esto se va a hacer mediante un sistema informático llamado ‘Eucaris’.
El país donde se haya cometido la infracción enviará una carta al titular del vehículo, en el idioma del mismo, en el que se le informará de la falta cometida y del importe de la multa a pagar.
El país de matriculación del vehículo estará obligado a facilitar los datos de lo sinfractores pero nunca podrá imponer por si mismo ningún tipo de sanción.
En lo que respecta a la perdida de puntos, no habrá perdida de puntos por las infracciones cometidas fuera del país de matriculación del vehículo.