Un juez dictamina que conducir oyendo música con un auricular no es sancionable

Tenemos una sentencia curiosa por parte de un juez de Madrid en lo referente a la conducción utilizando auriculares. Este juez ha dictaminado que conducir utilizando los dos auriculares si que es peligroso pero conducir utilizando un solo auricular no lo es.

«Conducir utilizando cascos, auriculares (…)» significa, según el juez, que se castiga al conductor que lleve cascos o los dos auriculares; es decir, «en plural: con los auriculares a sendos oídos», pero no solo uno de ellos. Apunta el juez que «lo que se prohíbe es todo dispositivo conectado a los oídos que pueda disminuir la atención a la conducción, sin que pueda determinarse si el plural que usa la dicción legal se refiere a que sea en los dos oídos o se refiere a un número determinado de dispositivos, en cuyo caso el plural significa que la infracción se comete tanto cuando se utiliza tanto uno como los dos auriculares, cacos o aparatos semejantes».

Según el juez la interpretación razonable de la ley implica que lo sancionable es el uso de auriculares en plural y que lo que no queda claro segun la ley es el uso de un solo auricular, es por esto por lo que no se puede condenar al infractor y en caso de duda hay que fallar a favor del acusado.

Además según el juez las leyes tienen que ser claras y precisas y no dejar todo al criterio del agente.

Fuente: El Pais

Autor: Alvaro
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1 idea en “Un juez dictamina que conducir oyendo música con un auricular no es sancionable

  1. Yo no estoy de acuerdo con esa interpretación, por esa regla de 3 tampoco se podría denunciar por hablar con el móvil ya que la redacción de la norma también está en plural: «Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares»

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