José María A. Magán Perales, titular del Juzgado Contencioso-Administrativo de Lérida, ha declarado nula una multa de tráfico que impuso el Ayuntamiento de Barcelona. La multa fue por hablar por teléfono móvil y recayó sobre una conductora leridana. La conductora alegó que usa manos libres y que estaba tocandose el cabello.
El juez anuló la multa no porque diera por buenas las alegaciones de la conductora sino porque ha considerado que si la conductora recurrió en castellano, el ayuntamiento no podía haber contestado en catalán. Según el juez no se puede imponer la legalidad dentro de la ilegalidad ya que la conductora tenía derecho a ser contestada en castellano.
Además de eso el juez ha multaod al ayuntamiento por intentar que fuera declarada nula la sentencia con la que se anulaba la multa, sentencia que no era recurrible. Según el juez esto es mala fe procesal desde la que se trata de imponer el criterio del consistorio, debido a esto no sólamente no acepta la petición de nulidad sino que multa al ayuntamiento con 600€.
Sin duda una sentencia ejemplar para una instución pública que, como la mayoría, no entienden que no se le puede pedir al pueblo que cumpla la ley hasta lo mas mínimo y en cambio ser ellos mismos los que se la salten cuando les de la gana.