Primer sentencia en Cataluña a favor de conductor multado por ‘Novullpagar’

El juzgado contencioso administrativo número 1 de Girona ha dictaminado a favor del demandante por considerar que la señal de tráfico que obliga a detenerse en los peajes no implica la obligación de pagar.

Un conductor que había presentado en Girona un recurso contra una multa impuesta por haber participado en la campaña ‘No quiero pagar’ se ha convertido en el primero de Cataluña en ganar uno de estos casos. Anteriormente, un juzgado de Valencia había emitido una sentencia favorable a otro conductor multado por la misma razón.

Los motivos de alegación que presentó el conductor, el juez le ha dado la razón en el punto en que argumentaba que la señal de tráfico que hay en los peajes sólo obliga a detenerse, lo que hizo el conductor. Una vez se hubo parado, comunicó al empleado de la concesionaria de la autopista que no quería pagar el importe del peaje.

Según el magistrado, en el momento de los hechos aún no se había introducido en la ley de circulación la obligación de pagar el peaje, que era sólo «una cuestión potestativa entre concesionario y usuario». Por lo tanto, si el conductor se detuvo ya cumplió lo que en aquel momento se le exigía.

Fuente: ARA.cat.
Traducción por Google Traductor.

Autor: Otros
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