Las principales novedades de la nueva reforma de ley de seguridad vial serian las siguientes, en realidad la reforma toca mas cosas pero creo que estas serían las novedades mas representativas, drogas y sistemas de retención aparte lo cual trataremos en próximos artículos.
Detectores de radar
El nuevo texto prohíbe el uso de los detectores de radar o cinemómetro, no así, los dispositivos que exclusivamente informan de la ubicación de los radares. El quebrantamiento de esta prohibición está calificado como una infracción grave sancionada con 200 euros y la pérdida de 3 puntos.
Ciclistas
Se introduce como novedad que los menores de 16 años deben llevar casco obligatoriamente cuando circulen en bicicleta por cualquier tipo de vía (urbana, interurbana o travesía). Se refuerza la seguridad de los ciclistas cuando son adelantados por otros vehículos. Así, el vehículo que adelante a un ciclista podrá ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, dejando siempre una separación lateral de 1,5 metros. Los ciclistas podrán circular por debajo del límite de velocidad establecido.
Limites de velocidad
La Ley no recoge ningún cambio sobre velocidad. Sólo abre la posibilidad de aumentar a 130 km/h el límite de velocidad en determinados tramos de autovías y autopistas que lo permitan por su baja siniestralidad y bajo determinadas condiciones. No obstante, será el Reglamento General de Circulación el que deberá desarrollar este punto.
Accidentes con animales
En accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas, con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo. Ahora bien, cuando el atropello del animal sea consecuencia directa de una acción de caza, el responsable será el propietario del terreno, y si es por la falta de reparación del vallado o de la señalización, el responsable será el titular de esa vía donde se ha producido el atropello.