El Tribunal Supremo ha condenado al dueño de un coto de caza en Sevilla a pagar 674.903,66 euros a un hombre que quedó parapléjico en un accidente de tráfico causado por un venado que invadió la carretera al escapar de un recinto cinegético que no estaba convenientemente vallado. Además, la aseguradora del dueño del coto, Mapfre, deberá indemnizar a la víctima con 150.000 euros.
Según la sentencia, el conductor del vehículo circulaba por la A- 342 a la altura del kilómetro 26,050 cuando se encontró al animal cruzando por la carretera. Después de hacer una maniobra para intentar esquivarlo, perdió el
control y colisionó con un vehículo industrial que venía en sentido contrario. Debido a las lesiones sufridas, la víctima padece una paraplejia completa y tiene una minusvalía reconocida del 83%.
El Supremo considera probado que el demandado “incumplió el deber de conservación del coto y ello fue relevante en orden al resultado producido”. N.R.- Debemos advertir que los hechos a los que se refiere esta sentencia sucedieron con anterioridad a la Ley 17/2005 sobre el permiso por puntos, que modificó radicalmente el sistema de responsabilidad en los accidentes por atropello de animales de caza.
En la actualidad, es probable que el fallo de la sentencia no hubiera reconocido indemnización alguna a favor del automovilista.