Desde hace años, las autoridades de tráfico de los distintos países miembros de la UE, apoyadas por la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Justicia, han estado negando la validez de los permisos de conducir expedidos por determinados países cuando sus titulares no tenían la residencia legal en esos países.
Este ha sido el caso de miles de ciudadanos búlgaros y rumanos que teniendo la residencia legal en
España, aprovechaban la estancia circunstancial en sus países de origen (por vacaciones u otros motivos) para sacarse por primera vez el carnet u obtener otros permisos de mayor categoría, dada la facilidad del idioma o tener un precio más asequible.
Sin embargo, al regresar a España y pretender canjear esos permisos por los equivalente españoles la DGT se los denegaba. Con la nueva Directiva europea sobre el permiso de conducir, en vigor desde el 19/1/2013, la situación ha cambiado y la nueva obligación de renovar el permiso en los mismos plazos de los conductores españoles puede posibilitar, en principio, la solución de este problema.