En Automovilistas Europeos Asociados (AEA) hemos iniciado una campaña de información dirigida a los conductores extranjeros residentes en España para evitarles las sanciones de 200 euros que la DGT impone a quienes circulan sin haber renovado su permiso.
Desde el 1 de enero, Tráfico ha comenzado a multar con 200 euros a los conductores comunitarios residentes en España que no hayan renovado su permiso de conducir. Aunque los residentes comunitarios con dos años o más de residencia en España debían renovar su permiso de conducción desde el 19 de enero de 2015, la DGT no ha comenzado a multar hasta este año ya que consideró que era necesario establecer un periodo transitorio para que los ciudadanos afectados por esta modificación normativa la conocieran y tuvieran un periodo razonable de tiempo para regularizar la situación de sus permisos.
Esta obligación se debe al cumplimiento de la Directiva Comunitaria 2006/126/CE sobre el permiso de conducción que establece que todos los conductores comunitarios residentes en España deben renovar su carnet, con independencia del país comunitario donde lo hubieran obtenido y del periodo de vigencia por el que se les hubiera otorgado.
Esta Directiva permite a los países miembros de la Unión Europea establecer periodos de vigencia a carnés que actualmente no tienen fecha de caducidad, obligando a sus titulares a renovarlos en las mismas condiciones que los conductores nacionales a partir de los dos años en que
adquieran la residencia en su territorio.