El 59% de los conductores que habían cometido alguna infracción presentaron además test positivos a drogas ilegales, así como un 33% de los conductores evaluados en controles preventivos, sin cometer infracción previa. Estos son los datos que se desvelan, tras los resultados de las 75.000 pruebas realizadas por la DGT en 2015 y que fueron puestos en conocimiento por el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, en rueda de prensa celebrada el pasado 4 de enero del presente año.
¿Qué se mide en un control de drogas?, ¿qué pasa si te niegas a hacer el mismo?, ¿se puede pedir un contra-análisis? son algunas de las ocho cuestiones que vamos a tratar de solventar en este post.
Para este año, nada menos que 120.000 controles
Ante estos resultados, Tráfico ha incrementado este 2016, en 45.000 los controles de detección de sustancias psicoactivas entre los conductores en vías urbanas de toda España – salvo en País Vasco y Cataluña – como parte del Plan Estratégico de Seguridad Vial 2010-2020, que se encuentra especialmente en consonancia con una de las áreas de actuación del Organismo definida como visión cero en drogas y alcohol.
¿Cuáles son la drogas más frecuentes halladas en los conductores?
Una de las razones que ha llevado por parte del Ministerio a incrementar este tipo de controles ha sido la constatación de la presencia de drogas y alcohol al volante en un alto porcentaje de los conductores. Nada menos que en un 12% de los conductores elegidos al azar, según el último informe DRUID’13 y que refleja, que las dos sustancias más frecuentes halladas fueron el cannabis y la cocaína.
Este alarmante número de positivos ha hecho que Tráfico lleve a cabo nada menos que 120.000 controles el presente año. Por ello, te ponemos en situación de lo que significa y las actuaciones a las que puedes acogerte en un control de drogas.
1.- ¿En qué consiste exactamente un control de drogas?
Se obtiene a través de una muestra de saliva, mediante un palo de plástico, similar al de un bolígrafo, que acaba en esponja y se pone en contacto con unas tiras reactivas. Dichas tiras son capaces de detectar la presencia en saliva de cocaína, opioides, anfetamina, metanfetamina y cannabis.
Una vez obtenida la muestra, el agente a través de un lector puede saber, in situ, el resultado de este primer test, que es capaz de identificar la sustancia. Sin embargo, no identifica si hay poca o mucha cantidad de la misma.
2- ¿Qué pasa si el resultado es positivo?
En el caso de que el test haya dado positivo, se vuelve a obtener otra muestra de saliva. Esta muestra se envía, con cadena de custodia, a un laboratorio toxicológico para mantener las garantías legales. Dicho laboratorio será el que analice y acabe de confirmar la presencia de drogas y ahí, sí que se determina la cantidad de sustancia. Mientras esto ocurre el conductor debe esperar y no puede coger el coche. Sin embargo y si lo desea, puede volver a someterse a la primera prueba. Esta prueba será la definitiva y la que valdrá a la hora de ponernos la sanción.
3.- ¿Podemos pedir un análisis de sangre?
Si el conductor no está de acuerdo con el resultado de la prueba, puede solicitar que se le haga un análisis de sangre, como prueba de contraste.
La muestra se obtiene en un centro sanitario, que la envía al Instituto Nacional de Toxicología para que la analicen. En todo caso, hay que tener en cuenta que en la circunstancia de que te hayan extraído la sangre varias horas después y no aparezcan drogas en el test, la prueba de saliva tomada in situ, en principio, es la que prevalece. Además, en el caso de que la prueba de sangre dé positivo, la tienes que pagar tú.
4.- ¿Estamos obligados a someternos a un control de drogas?
Los conductores están obligados, siempre y cuando lo solicite un agente de tráfico o se haya cometido una infracción o sufrido un accidente.
5.- ¿Qué pasa si te niegas?
La negativa a realizar un prueba de detección de drogas o alcohol se considera delito y está castigado con prisión de seis meses a un año y la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años, según el artículo 383 del Código Penal.
6.- Y como peatón, ¿estás obligado a someterte al control de drogas?
Si como peatón te encuentras implicado en un accidente o cometes una infracción estás obligado a someterte a las pruebas de detección de alcohol o drogas.
De los 173 peatones fallecidos, el 54% había consumido alcohol, el 51% psicofármacos y el 25% algún tipo de droga, según la Memoria 2014 del Instituto Nacional de Toxicología.
7.- ¿Aparte de los organismos oficiales hay otros organismos que ofrecen la posibilidad de realizar test de drogas?
Sí, tal es el caso de organizaciones y colectivos como Energy Control, que ofrece la posibilidad de realizar, in situ, en lugares donde es habitual el consumo de alcohol o de drogas. De esta manera se puede llegar a lograr que, algunas personas que no eran conscientes del estado real, se abstengan de coger el coche.
8.- ¿Cómo se considera la infracción?
Depende, la Ley de Seguridad Vial castiga la presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativas y con una finalidad terapéutica. Si la presencia no llega a influir en la conducción, la infracción es catalogada como muy grave, quedando con una sanción administrativa de 1.000 euros y la retirada de 6 puntos del carné. Si por el contrario, se conduce bajo los efectos de las drogas tóxicas estupefacientes, se considera delito, como así lo recoge el capítulo IV del Código Penal y se castiga con prisión de tres a seis meses o multa de seis o doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.
Desde la entrada en vigor de la Ley (9 de mayo de 2014) hasta junio del pasado año, han sido denunciados 20.400 conductores, por conducir con presencia de drogas, según datos de la DGT.
Objetivo: Cero Drogas al volante
Bajo el hashtag #nocontrolas la Fundación MAPFRE promueve una campaña que quiere concienciar sobre esta problemática creciente en nuestro país, informando sobre los efectos y consecuencias de las drogas en el momento de conducir.
Durante este año ha realizado una serie de charlas y actividades a las que todavía te puedes sumar. Las próximas serán:
– 12 y 13 de diciembre: Universidad de Alicante. Soportales de la biblioteca. C/ de San Fernando, s/n, 03001, Sant Vicent del Raspeig
-14 de diciembre: Universidad CEU de Elche (Alicante). Edificio Plaza de los Reyes Católicos, 19.
-15 de diciembre: Universidad CEU de Castellón de la Plana. Calle Grecia, 31.
-16 de diciembre Universidad CEU-UCH – Palacio de Colomina. Carrer de l’Almodí, 1, Valencia.
-19 de diciembre: Centro Polivalente. Oliva (Valencia). La actividad cotará con charlas de concienciación a todos los estudiantes de bachiller y cursos de especialización de los 3 institutos de la localidad. La actividad se realizará en colaboración con el Ayuntamiento y la Policía Local.
-20, 21 y 22 de diciembre: Universidad de Valencia. Hall exterior Aularios I-III. Av. de Blasco Ibáñez, 13.
Todas presenciales, con un horario de 10h de la mañana a las 19h de la tarde.
Fuente: Circula Seguro