El pasado 17 de octubre de 2016 el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 27 de Madrid dictó sentencia desestimando el recurso formulado por DVUELTA en el que se pedía la anulación del primer Decreto dictado por el Gobierno de Carmena.
La Sentencia del Juzgado considera que la población de Madrid fue suficiente informada de las medidas de limitación de velocidad y restricción del tráfico gracias a la difusión a través de los medios de comunicación, y rechaza que sea necesario publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el alcance de las medidas porque ello comprometería la eficacia de las medidas.
Resumen de los motivos del recurso:
1) La sentencia no resuelve todas las cuestiones planteadas
2) El Ayuntamiento no ha acreditado que se hayan adoptado medidas informativas eficaces a la población afectada.
3) Consta acreditado un clima de desconcierto entre los ciudadanos, con incluso chistes y mofas del Ayuntamiento sobre la cuestión.
4) La Ordenanza de Movilidad está vigente, y obliga al Ayuntamiento. No puede no aplicarse con el pretexto de que ello privaría de eficacia a las medidas anticontaminación.
5) Se vulnera el principio de seguridad jurídica, y de legalidad.
Además, hay que señalar que está pendiente otro recurso contencioso administrativo también interpuesto por DVUELTA contra el Protocolo del año 2016 del Ayuntamiento, y que se fallará a principios de 2017.
Fuente: DVuelta