Dos nuevas sentencias judiciales, dictadas en este caso por los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Burgos y nº 4 de Valencia, han dado nuevamente la razón a los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) y han reducido el importe de las sanciones -de 300€ a 100 €, en un caso, y de 500€ a 400€, en otro-, que la DGT había impuesto a nuestros Socios por excederse de velocidad, obligando también a devolverles los puntos que ilegalmente les habían detraído (dos a cada uno).
La DGT no aplicó ningún margen de error
Las dos sentencias conside- ran que si bien se produjeron los excesos de velocidad, las sanciones impuestas no se correspondían con las establecidas en el “Cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad que se contempla en el Anexo IV de la Ley de Tráfico” por cuanto la DGT no “ha aplicado ningún margen de error a la medición de la velocidad”.
Tal y como se razona con absoluta nitidez, en la sentencia del juzgado de Burgos “el examen de las actuaciones permite declarar probado que la medición de la velocidad efectuada por el cinemómetro empleado no aplica ningún margen de error, luego no se ha tenido en cuenta la regulación que acerca de errores máximos permitidos contiene la Orden ITC/3123/2010 con lo que ya se aprecia vulneración legal”.
En la medición de los radares no está descontado el margen de error
“No obstante -a nuestro juicio- la importancia de esta sentencia estriba en rechazar, de forma contundente, un recurrente alegato que utiliza la Abogacía del Estado de que la medición efectuada por radares ya incluye el margen de error”.
Decenas de sentencias contra la DGT, el Gobierno Vasco y el Servei de Tránsit
Estas resoluciones se unen a las decenas de sentencias promovidas por nuestros servicios jurídicos, ante los distintos Juzgados de España y ponen de nuevo en evidencia el ilegal proceder de las autoridades de tráfico al imponer sanciones de velocidad por encima de lo que marca la ley.
Actuación ilegal y contumaz
Por ello, una vez más tenemos que denunciar la ilegal y contumaz actuación de la DGT, del Gobierno Vasco y del Servei Catalá de Tránsit en la graduación de las sanciones impuestas por excesos de velocidad, ya que no aplican correctamente el margen de error legalmente establecido para los radares y sobre cuya legalidad ya se han pronunciado numerosos juzgados y Tribunales Superiores de Justicia.