Carta de la DGT con cambios normativos

Durante estas semanas de Noviembre la DGT va a ir enviando una carta a todos los conductores en la que va a informar sobre los cambios normativos que se van a aplicar. Los cambios normativos sobre los que se va a informar a la ciudadanía son tres y en esas cartas se va a explicar al detalle todo lo relacionado con ellos.

Modificaciones en las bajas de los vehículos

Las bajas temporales de todos los vehículos van a estar limitadas a un año a contar desde la fecha en la que se realice la solicitud. Una vez acabado el plazo de ese año el vehículo pasará a figurar como activo a no ser que se solicite la prorroga de la baja. Hay que recordar que en el momento en el que pasa a estar como activo hay que hacerse cargo de todas las obligaciones pertinentes. Cada prorroga podrá ser solicitada en un plazo de por lo menos dos meses antes de la fecha de finalización.

Obligación de pasar la ITV tras un siniestro total

Si el vehículo es declarado siniestro total por la aseguradora, y tras esa declaración se reparar y vuelve a estar en circulación, tendrá obligación de pasar la ITV de nuevo. Es por ello por lo que los propietarios de estos vehículos siniestrados tendrán absoluta obligación de volver a pasar la ITV si deciden reparar y que el vehículo vuelva a circular.

No superar la ITV ni tener seguro en vigor durante los últimos 10 años

Los vehículos que en los últimos diez años no hayan logrado superar ninguna inspección técnica, o no se hayan presentado a ninguna de ellas que les hubiera correspondido, ni tampoco hayan tenido un seguro actualizado y en vigor, serán dados de baja automáticamente por la DGT. Con esta medida la DGT pretende acabar con lo que denominan coches zombis, es decir, vehículos que o no existen o han sido desguazados.

En los casos que la DGT haya dado de baja automáticamente un vehículo, esta operación no será irreversible, el propietario podrá volver a dar de alta su vehículo siempre y cuando demuestre que puede volver a estar en circulación habiendo pasado la ITV, seguro en vigor y con el justificante del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica popularmente llamado como impuesto de circulación.

Autor: Alvaro
Creador y administrador del grupo de webs de Portalvasco.com. Desde Septiembre del año 2006 escribiendo en este blog sobre aviso de radares, radares y cinemómetros, noticias sobre temas de tráfico, motor, seguridad en carretera, seguros, leyes, un poco sobre sociedad, actualidad y temas relacionados con informática, accesorios electrónicos e internet.

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