El Tribunal Supremo (TS), siguiendo la doctrina fijada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha anulado el sistema de concesión de los cursos de recuperación de puntos utilizado por la DGT desde hace 17 años por ser contrario al régimen de libertad de prestación de servicios, tal y como Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha venido denunciando.
Monopolio intolerable
En efecto, desde el año 2006, AEA ha venido advirtiendo en reiteradas ocasiones que el modelo de concesión diseñado por la DGT para impartir los cursos de recuperación de puntos era perjudicial para los consumidores y para la competencia ya que los conductores tenían restringida su capacidad de elección del centro donde querían realizar el curso al no poder acudir a cualquier centro de formación de conductores sino tan sólo a una minoría de centros elegidos discrecionalmente por las autoridades de tráfico, que no llegaban ni siquiera al 5%. Además, tampoco podían elegir el precio, ni el material didáctico ni los horarios.
“Y ello -a juicio de AEA-, suponía una práctica restrictiva intolerable, y no se entendía cómo para obtener el carnet podías ir a cualquier autoescuela autorizada, en un régimen de competencia y de libre mercado y, sin embargo, cuando había que recuperar puntos u obtener un nuevo permiso, nos encontrábamos con una situación absolutamente monopolística en cuanto a precios, centros, e incluso al material didáctico que estabas obligado a adquirir”.
Por ello, AEA solicitó la intervención del Ministerio Fiscal que ha tenido una destacada intervención en la resolución favorable de este proceso y que ha culminado con la anulación de una práctica monopolística intolerable para los automovilistas españoles.
Fuente: AEA