La DGT actualiza la instrucción sobre el uso de autocaravanas

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha actualizado la instrucción que regula el uso de las autocaravanas y campers para adaptarla a la realidad actual del autocaravanismo en nuestro país y evitar que algunos ayuntamientos prohíban su estacionamiento en parte o en la totalidad de sus vías urbanas.

Así, la nueva instrucción aclara la normativa en vigor vinculada a estos vehículos: límites de velocidad; paradas y estacionamientos; uso de cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil; accesorios, repuestos y herramientas que con carácter obligatorio deben llevar o los plazos para pasar la ITV (descárgate la instrucción adjunta).

¿Cómo estacionar?

La instrucción establece que mientras que una autocaravana esté correctamente estacionada, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación horaria si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior de la misma, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo, tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de estabilización, etc.

Estacionar no es acampar

La nueva normativa también clarifica que es un estacionamiento, maniobra regulada por el Reglamento General de Circulación, y una acampada, actividad regulada por la normativa de Turismo.

Así, las autocaravanas pueden estacionar como cualquier otro vehículo siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Que el vehículo, con el motor parado, sólo esté en contacto con el suelo a través
    de las ruedas (no pueden utilizarse las patas estabilizadoras ni cualquier otro artilugio, salvo los calzos).
  2. Que el vehículo no ocupe más superficie que la que ocupa cerrado, es decir, sin el despliegue de elementos proyectables, sillas, mesas, etc, elementos que pueden invadir una superficie mayor que la delimitada por el perímetro del vehículo.
  3. Que el vehículo no emita ningún tipo de fluidos o ruidos al exterior.

Regulación insuficiente

Para Automovilistas Europeos Asociados (AEA), “esta instrucción no va a resolver el problema que tienen los autocaravanistas con algunos ayuntamientos que hacen una interpretación restrictiva de las normas y prohíben el estacionamiento de estos vehículos en sus vías”.

Por ello, AEA considera que “es necesario que el Gobierno apruebe una normativa de carácter nacional para que España deje de ser un reino de taifas en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor”.

Fuente: AEA

Autor: AEA
Automovilistas Europeos Asociados (AEA) es una asociación de automovilistas sin ánimo de lucro e independiente. Facilita a sus miembros la adecuada protección de sus legítimos intereses económicos y sociales, así como la información y asesoramiento precisos sobre cuantos asuntos se relacionan con el automóvil. No reciben subvención alguna de la Administración ni de ninguna otra entidad, con el fin de proteger los intereses de nuestros miembros con absoluta independencia.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.