La denegación de la expedición de un carnet en un Estado miembro no puede justificar el no reconocimiento del permiso obtenido posteriormente en otro país
Según una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la denegación, por parte de un Estado miembro, de la expedición de un permiso de conducción no puede justificar el no reconocimiento del permiso obtenido posteriormente en otro Estado miembro.
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