La Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco va a modificar la velocidad a partir de la cual saltan los radares para
ajustarla al máximo a los límites que figuran en las señales y a los márgenes legales de error establecidos. Esta medida, que pretende reducir la siniestralidad, se aplicará en carreteras con un alto índice de siniestralidad o con un elevado tráfico de vehículos pesados.
La normativa vigente (Orden del Ministerio de Industria ITC/3123/2010, de 26 de noviembre) contempla la aplicación de un margen de error máximo de un 5%, si se trata de un radar fijo, o de un 7%, si se trata de uno móvil, en las verificaciones periódicas a que están sometidos los radares (al menos una al año) para mediciones superiores a 100 km/h.
En mediciones inferiores a 100 km/h el error máximo admitido en un radar móvil es de 7 kilómetros y en uno fijo de 5. Aún así, en algunos casos, el radar no salta si no se rebasa el límite de velocidad establecido entre 15 y 20 kilómetros.
Automovilistas Europeos Asociados (AEA) se ha mostrado sorprendida con esta medida ya que “no considera lógico
que en cada territorio se apliquen márgenes de error diferentes o se sancione de distinta manera puesto que los límites a los que se activan los radares están regulados por la ley vigente”.
Para AEA, “el margen de error no es algo caprichoso que se puede cambiar cuando la administración de turno lo
considere conveniente”.