El Tribunal Supremo ha dictado recientemente una sentencia en la que confirmando otra dictada en un proceso de divorcio por el Juzgado de Primera Instancia nº3 de Santa Fe (Granada) reconoce que el hijo en común de un matrimonio puede ser recogido en el domicilio materno “bien por el padre, bien por cualquier familiar autorizado por éste para ello” pero siempre “en un coche apto para circular con un niño de la edad del de las partes conforme a la seguridad vial”.
Según Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que ha tenido acceso a la sentencia, “la novedad de este caso estriba
en que se haga una previsión expresa acerca de las medidas de seguridad vial que deben adoptarse cuando la recogida
del niño se haga en automóvil”.
La seguridad vial es un aspecto marginal en las sentencias de divorcio
A juicio de AEA, “la seguridad vial en las sentencias de divorcio es en la actualidad un aspecto absolutamente marginal, a pesar de que el automóvil es uno de los medios de transporte más utilizado en el régimen de visitas de matrimonios separados”. Para dar una idea de la dimensión del problema, AEA cita los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) que revelan que durante el año 2011 se produjeron en España 110.651 disoluciones matrimoniales, de las cuales, el 43% fueron contenciosas. En el 53,3% de los casos -es decir, en 58.977 disoluciones
matrimoniales- había hijos menores.
Sin embargo, en una mínima parte de las sentencias judiciales de nulidad, separación o divorcio -AEA estima que sólo
en el 0,1%- se hace mención expresa a la obligatoriedad de cumplir las normas de tráfico durante el régimen de visitas al
objeto de dotar a los menores de una mayor protección. Por eso, AEA “considera necesario que en todas las sentencias
de nulidad, separación o divorcio, en las que existan menores, se recuerde el estricto cumplimiento de las normas
de tráfico sobre el uso de los Sistemas de Retención Infantil (SRI), ya que a pesar de que estamos convencidos de
que los padres quieren lo mejor para sus hijos, nunca está de más ser redundante en lo que a la seguridad vial de los
menores se refiere”.