El pasado 14 de noviembre se celebró en Sevilla la IV Jornada sobre “Las sanciones de tráfico como medida educativa y preventiva” organizada por la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz y la Red de Fiscales de Seguridad Vial de Andalucía, y en la que Automovilistas Europeos Asociados (AEA) tuvo una participación destacada.
En ella fue objeto de análisis el papel que debe desempeñar la imposición de sanciones de tráfico en la sociedad actual. Durante el desarrollo de la Jornada se llegaron a las siguientes conclusiones:
1. Las sanciones de tráfico deben tener, como objetivo claro, además del castigo al infractor, el de constituir una medida preventiva y educativa destinada a evitar la comisión de nuevas infracciones.
2. Se deben seguir impulsando los programas y cursos destinados, con carácter preventivo, a la sensibilización social y, con posterioridad, a la reinserción de los conductores.
3. En el espacio urbano, es imprescindible la implicación de los Ayuntamientos, que deben estar coordinados con la DGT, cuando se impongan sanciones que traigan consigo la retirada de puntos.
4. La ciudadanía debe percibir con claridad que existe una proporcionalidad e idoneidad en la aplicación de las medidas sancionadoras en relación con la consecución de los objetivos que se pretenden alcanzar con motivo de una eterminada regulación y ordenación del tráfico.
5. El destino de los ingresos de multas de tráfico debe ir destinado íntegramente a la financiación de actuaciones y servicios en materia de seguridad vial, prevención de accidentes y ayudas a las víctimas, para evitar cualquier sospecha de la ciudadanía sobre la utilización del instrumento sancionador con fines recaudatorios.
6. Las Administraciones deben asumir el compromiso de resolver expresamente las alegaciones y recursos que se presenten, evitando, en todo caso, incurrir en el silencio administrativo.
7. El papel del agente de tráfico como garante de la regulación y ordenación del tráfico debe ser reforzado ante la ciudadanía, mostrándolo como servidor público imprescindible para garantizar la seguridad vial y la eficacia en la movilidad.
8. Los Ayuntamientos deben establecer planes de calidad a fin de evaluar la idoneidad y eficiencia de los procedimientos sancionadores.
9. Las Administraciones y los Ayuntamientos deben hacer un esfuerzo para notificar las denuncias en los domicilios de los infractores, utilizando no sólo los mecanismos previstos en la Ley de Seguridad Vial, sino otras informaciones que pudieran tener sobre el domicilio en los propios archivos de las dependencias municipales, evitando en lo posible la notificación mediante publicación en los boletines oficiales.
10. La utilización de medios electrónicos de captación de imágenes que sirven de base a denuncias sólo debe realizarse en supuestos singulares que, por su entidad o singular problemática, aconsejen el uso de este instrumento.
Las multas se han convertido en un instrumento de recaudación
Durante su intervención el Presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), Mario Arnaldo, denunció que en España la mayoría de los ciudadanos perciben que las multas de tráfico no cumplen una finalidad educativa y preventiva sino que se han convertido en un mero instrumento de recaudación.
Según AEA, cada año se tramitan más de quince millones de procedimientos sancionadores por infracciones a la normativa de circulación para un parque automovilístico de aproximadamente 32 millones de vehículos y en torno a 26.000.000 de conductores.
Eso significa que más del 50% de los conductores está afectado por una multa, con lo que dado el altísimo número de infractores la sanción carece de cualquier efecto ejemplarizador