La Comisión de Interior del Congreso de los Diputados ha aprobado al filo de las 13 horas de hoy el Proyecto de Ley por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. De esta manera, el Proyecto de Ley es ahora remitido al Senado. Como era de prever, la Comisión ha rechazado la totalidad de las enmiendas (principalmente del Grupo de UPyD) que apoyaban a los conductores.
En opinión de DVUELTA (entidad perteneciente al Grupo Reacciona dedicada a la defensa de los conductores), y a falta de la lectura del texto finalmente aprobado, esta reforma es una reforma para recaudar más; este Proyecto de Ley está realizado a la medida de las necesidades recaudatorias de la DGT y los ayuntamientos, seriamente resentidas por las crisis económica.
Sólo la DGT ha visto mermados sus ingresos por multas un 30% debido a la caída en los desplazamientos por carretera. En algunos de los principales ayuntamientos de España el descenso en los ingresos por el mismo concepto ha llegado al 50%.
Recaudar, recaudar y recaudar
Así, algunas multas (precisamente las que ya eran más caras) llegan a doblar su importe en determinados casos, pasando de 500 a mil euros: aquellos en que se duplique la tasa permitida de alcoholemia, a quienes se nieguen a someterse al control o a los reincidentes. Una oportunidad perdida para atacar de frente el problema del alcohol al volante y que deja la aparente firmeza de la “tolerancia cero” con la bebida y la conducción (que consistiría en prohibir directamente dar ningún tipo de nivel alcohólico) en un “permitimos que el conductor beba, porque
así podemos sacarle el dinero”.
Pero es que además, dentro del caos legislativo que parece imperar en la legislación en materia de Tráfico, se prohíbe el uso de detectores de radar, que se aprobó hace sólo cuatro años. Se argumentó entonces que conocer la posición de los radares ayudaría a reducir la siniestralidad dado que su ubicación coincide con aquellos tramos en que el exceso de velocidad puede resultar un riesgo para la seguridad. Fue, además, una enmienda de CiU la que permitió la aprobación de los detectores de radar.
Hoy se votado contra la enmienda de UPyD que pedía que se suprimiese del texto del Proyecto de Ley la prohibición del uso de estos dispositivos, que, como ha podido verse a lo largo de los últimos cuatro años, ha contribuido al descenso de la siniestralidad, pero que causan un grave quebranto a la labor recaudadora de los radares. Una vez más, se prima la recaudación sobre la seguridad.
Ensalada de límites de velocidad
Otra de las grandes “trampas” del Proyecto de Ley se refiere a los límites de velocidad. Se abre la puerta a una subida de los límites en autopista y autovía, gracias a la presión de los conductores a través de Movimiento140, que ha recogido casi 230.000 firmas con este propósito. Lamentablemente, es tal el limbo en que la medida queda (sometida a estudios, planes de implantación, análisis de señalizaciones, etcétera) que mucho hace temer que pasará mucho tiempo antes de que se pueda circular más rápido en autopistas y autovías. Varios países europeos han subido sus límites de velocidad en los dos últimos años. Para reducir los límites en carreteras secundarias, sin embargo, no cabe estudio alguno sobre cuáles son los tramos en que se aconseja su implantación: bajan
todos los límites, desde los 100 km/h actuales, a 90, 80, e incluso hasta 50 km/h. Son las carreteras, por cierto, que la DGT va a sembrar de radares ocultos, como ya ha anunciado la directora general de Tráfico, María Seguí. Más recaudación.
Estudio riguroso
Dvuelta pide que la reglamentación de los límites de velocidad se base en criterios puramente técnicos y precedida de un debate social sin condicionamientos ni cortapisas, y no únicamente en razones propagandísticas. En este sentido, y reclamando la movilidad como factor fundamental en la evolución de la economía (como ha hecho Holanda y ha anunciado el Reino Unido), ¿por qué razón no se aplican los mismos criterios para bajar los límites en carreteras convencionales que para subirlos en autopistas y autovías? ¿Acaso no hay una mayoría de tramos en carreteras secundarias que jamás han registrado un siniestro que merecerían la misma consideración para la fijación de un límite de velocidad que aquellos, en las mismas condiciones, que existen en autopistas y autovías?
El “atrezzo” de la nueva Ley
Lo demás en el Proyecto de Ley aprobado es, en opinión de Dvuelta, puro “atrezzo”: el artificial debate sobre el uso del casco para los ciclistas no ha tenido otro objeto que distraer a la opinión pública sobre el verdadero carácter recaudador de la nueva Ley. Si de verdad se quiere mejorar la seguridad de los ciclistas, habría sido necesario abordar de manera integral la realidad de que el tráfico (eminentemente el urbano) está cambiando a pasos agigantados la circulación. El partido en el Gobierno, que se comprometió en sede parlamentaria, cuando estaba en la oposición a derogar aquellos artículos de la Ley ahora reformada que recortaban los derechos de los conductores, no sólo no ha aprovechado esta reforma para cumplir con su compromiso, sino que ha profundizado en dichos recortes. En esto, PP y PSOE son los mismo.
Recurso general para la devolución de importes por multas
Por otra parte, Dvuelta presentará un Recurso General ante la DGT en el que instará a la Administración a que revise de oficio todos aquellos expedientes sancionadores por exceso de velocidad en los que se hayan denunciado infracciones por sobrepasar el límite de 120 km/h en aquellos tramos en los que se haya producido el aumento del límite a 130 km/h, una vez que se haga efectivo.
Este Recurso General tiene su fundamento en la Constitución Española (Art. 9, en relación con el Art. 25), que atribuye, con carácter retroactivo, efectos favorables para el infractor de aquellas normas que le pudieran beneficiar. Según las estimaciones de Dvuelta, esta circunstancia podría afectar a prácticamente la totalidad de las multas de tráfico impuestas por sobrepasar el límite de 120 km/h en autovía y autopista, si bien habrá que esperar a ver qué tramos concretos de la red de carreteras se ven afectados por esta modificación.
La revisión de los expedientes no solamente determinará la anulación o reducción
en su caso de la parte económica de la multa, sino que en otros muchos casos
determinará que se anule la pérdida de puntos.
Ya está aprobada??? puff. Pensé que hasta marzo o así no se aprobaría.
Entonces, ya es oficial que a partir de hoy está prohibido el uso de detectores de radar?
Como bien dices, se prima la recaudación frente a la seguridad. Suerte para todos, ojalá que no nos roben mucho…
Saludos!
Perdón, me contesto yo mismo:
Ahora pasa al Senado, donde aún puede sufrir modificaciones, y luego volverá al Congreso para su aprobación definitiva. En todo caso, la reforma sólo sirve para la modificación del Reglamente General de la Circulación, que se prevé para marzo.
Gracias y disculpa por preguntar antes de informarme.
Saludos!!