El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece las dotaciones mínimas de la estructura para la recarga del vehículo eléctrico en edificios o estacionamientos de nueva construcción y en vías públicas.
Según la nueva normativa en los edificios o estacionamientos de nueva construcción deberá incluirse la instalación eléctrica específica para la recarga de los vehículos eléctricos, con las siguientes dotaciones mínimas:
– En aparcamientos o estacionamientos colectivos privados, una preinstalación mínima para que el propietario de cada plaza de aparcamiento pueda conectarse posteriormente sin incurrir en costes más
altos.
– En aparcamientos públicos permanentes o estacionamientos de flotas privadas, las instalaciones necesarias para suministrar a una estación de recarga por cada cuarenta plazas.
En el caso de las vías públicas deberán efectuarse las instalaciones necesarias para dar suministro a las
estaciones de recarga para las plazas previstas en los Planes de Movilidad Sostenible supramunicipales o
municipales.
… y si el día de mañana todos tenemos coche eléctrico ya se encaragaran de cambiar la ley para brearnos bien breados, inventarse algun déficit tarifario o alguna salvajada como la de las energías alternativas. Todo sea por endesita and friends