Normativa obsoleta en sanciones por radar

Como se recordará, hace dos años AEA denunció la utilización indebida por parte de la DGT de una norma técnica que había quedado obsoleta desde el año 2006, para graduar el importe de las sanciones por exceso de velocidad.

En todas las denuncias formuladas desde dicha fecha por este motivo (aproximadamente unos 18 millones), Tráfico indicaba a los automovilistas afectados que para el cálculo del exceso y la sanción aplicable “se han tenido en cuenta los márgenes de error estipulados en la Norma UNE 26444”.

Sin embargo, según denunciamos entonces “la Norma UNE 26444 no era más que una recomendación técnica elaborada por una entidad privada, que había quedado obsoleta y que, además, establecía unos márgenes de error inferiores a los establecidos por la legislación vigente para la medición de velocidad captadas por radares”.

Autor: AEA
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2 ideas en “Normativa obsoleta en sanciones por radar

  1. Buenos días,

    Podríais indicarme si actualmente es legal el uso del antiradar en los coches y si te lo detectan qué pasa?

    gracias, saludos

    mari

  2. El uso de detectores de radar esta sancionado con 3 puntos y 200€. El asunto es que no te puedan multar, es decir, tienes aparatos como el supercombi que anulan detector pulsando boton o bien tienes detectores de instalación fija que bien instalados y ocultos es muy dificil que te lo encuentren.

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