Nuevo marco regulador del transporte de mercancías peligrosas por carretera

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 16 de marzo el nuevo marco regulador del transporte de mercancías peligrosas por carretera, que se enmarca en la prioridad que para el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) supone la seguridad en el transporte como uno de los aspectos esenciales en el desarrollo de la actividad, tanto de viajeros como de mercancías, muy especialmente en el transporte de mercancías peligrosas.


Esta seguridad es aún más prioritaria en este tipo de transportes (combustibles, el gas natural o butano, lejías, pinturas, baterías, muestras biológicas, vacunas, etc.) debido a las consecuencias que un eventual accidente puede tener sobre la ciudadanía y sobre el medio ambiente y considerando también la importancia de estas mercancías en la vida diaria de los ciudadanos.

En esta ocasión, la modificación afecta al modo de transporte por carretera y las principales modificaciones que supone el nuevo Acuerdo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR) 2021 para el transporte de mercancías peligrosas son:

  1. Cambios en las condiciones de transporte de pilas de litio. Un transporte que se ha incrementado con la llegada de nuevos usos en la movilidad ciudadana.
  2. Nuevas materias que se añaden a las ya clasificadas como peligrosas.
  3. Nuevas disposiciones especiales, que son aquellos que particularizan el transporte de determinadas mercancías, en virtud de determinadas circunstancias, siempre buscando facilitar el transporte de las mismas en condiciones de seguridad.
  4. Cambios en las instrucciones de embalaje, originadas por la aparición de nuevos objetos a transportar, o nuevas materias.
  5. Algunos cambios en el etiquetado y marcado de estas mercancías, punto esencial en el reconocimiento de estos transportes.
  6. Nuevas disposiciones de construcción y homologación de las cisternas. Las cisternas están asociadas en muchas ocasiones al transporte en grandes cantidades de mercancías peligrosas, como gases, gasolinas, gasóleos, productos corrosivos, etc.
  7. Nuevas disposiciones relativas al transporte de sustancias radiactivas, en las que se destaca el material radiactivo de uso farmacológico muy generalizado en tratamientos médicos.

Tras el Acuerdo que se ha aprobado por el Consejo de Ministros, el nuevo texto consolidado del ADR se publicará próximamente en el BOE, y las modificaciones recogidas en el ADR 2021 serán de aplicación obligatoria a partir del 1 de julio de 2021.

Acuerdo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR)

El Acuerdo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), que se desarrolla bajo el marco de la ONU, determina cómo se debe llevar a cabo el transporte de mercancías peligrosas por carretera en España, al haberse adoptado dicho acuerdo tanto en la normativa nacional como europea.

El ADR es un documento que se actualiza cada dos años para ajustarse a los avances de la técnica y de la ciencia, al desarrollo de nuevos productos y materiales y nuevas exigencias en los medios de transporte. Todo ello con el objetivo de velar por la seguridad de las personas, los bienes y el medioambiente.

Fruto de esta adaptación, el Secretario General de Naciones Unidas comunicó el pasado mes de julio la adopción de determinadas modificaciones –denominadas enmiendas– a la edición anterior del ADR del año 2019, como resultado de la labor llevada a cabo por el Grupo de Trabajo para el Transporte de Mercancías Peligrosas de la Comisión Económica para Europa.

La aplicación del nuevo ADR será obligatoria a partir del 1 de julio de 2021, pudiendo aplicarse desde el 1 de enero de 2021 de forma voluntaria. En esta nueva edición se recogen los cambios aprobados durante los dos últimos años. Se refieren a disposiciones sobre las materias clasificadas como peligrosas, los embalajes utilizados para su transporte, los medios de transporte y la documentación que debe acompañar a los mismos.

Fuente: Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

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Fuente: DVuelta

Autor: DVuelta
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