Tráfico recuerda con una campaña divulgativa la obligatoriedad de la DEV para personas jurídicas

Las personas jurídicas vienen relacionándose de forma electrónica con la Dirección General de Tráfico de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y, en esta misma línea a partir del próximo 1 de noviembre también deberán disponer de una Dirección Electrónica Vial en base a lo establecido en el artículo 60 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Para ello, todas las personas jurídicas que sean titulares de algún permiso de circulación (titulares de vehículos en el Registro de Vehículos) o bien sean arrendatarias a largo plazo de algún vehículo, deberán disponer antes de esa fecha de una Dirección Electrónica Vial (DEV) y deberán facilitar un correo electrónico y/o un teléfono móvil para poder recibir los avisos de puesta a disposición de las notificaciones que puedan tener pendientes de leer. Para darse de alta en la DEV tan solo es necesario disponer de un certificado digital en vigor.

En caso de no hacerlo, la Dirección General de Tráfico asignará de oficio una Dirección Electrónica Vial a la empresa, la cual recibirá de forma electrónica las notificaciones de tráfico. Al hacerse la asignación de oficio, la DGT no podrá enviar los avisos de las notificaciones pendientes al correo electrónico o teléfono móvil ya que no dispondrá de esos datos, pero igualmente la notificación quedará disponible en el buzón de la DEV, al cual se deberá acceder de forma periódica para consultar si hay notificaciones pendientes.

Para informar de esta obligación que tienen sólo las personas jurídicas, la DGT lanza mañana una campaña divulgativa en redes sociales y en su página web que se mantendrá activa durante todo el mes de octubre y con la que se dará difusión a esta noticia con el fin de que todas las empresas queden debidamente informadas.

Fuente: DGT

Autor: DGT
La Dirección General de Tráfico (DGT) es un organismo autónomo dependiente del Ministerio del Interior de España responsable de la ejecución de la política vial. La administración territorial se compone de 50 Jefaturas Provinciales de Tráfico, una por provincia, dos jefaturas locales de Tráfico en Ceuta y Melilla y 14 oficinas locales de Tráfico que realizan la tramitación relativa a la titularidad de los vehículos, conductores y procedimiento sancionador por infracciones de tráfico en el ámbito interurbano. En estas labores cuenta con el apoyo de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Fue creada mediante la ley 47/59, de 30 de julio de 1959, sobre regulación de la competencia en materia de tráfico.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *