Vilanova i la Geltrú (Barcelona) es otro de los municipios que se ha unido a la moda por parte de los ayuntamientos de instalar cabinas de radares en zonas de 30 km/h para controlar la velocidad de los vehículos que circulan. En palabras del ayuntamiento, se han instalado estas cabinas en puntos estratégicos de la ciudad para prevenir accidentes derivados del exceso de velocidad. Según la policía local estos puntos se ha detectado una elevada siniestralidad derivada de la velocidad excesiva a la que se circula. Ya veremos si reducen la siniestralidad pero lo que si es seguro es que van a recaudar dinero fresco.
Este tipo de cinemómetros hay que tener cuidado con ellos ya que son capaces de sancionar en ambos sentidos de circulación y en varios carriles por sentido a la vez. En las vías donde ha sido instalado se puede observar que algunas es de un solo carril por sentido y otras de dos carriles por sentido, así que hay que tener claro que podrá sancionar a todos los vehículos independientemente de por que carril de que sentido circulen.
TIPO DE CINEMÓMETRO INSTALADO
En el titular de la noticia he escrito la palabra radar, aunque esto no es exacto, lo he hecho para facilitar las búsquedas. Esta cabina que han instalado lleva dentro un cinemómetro de tipo láser, concretamente es el TruCAM II. Esta maquinaria, a parte de medir la velocidad de los vehículos que pasan, también puede hacer lectura y control de matriculas. Si llegan a implementar esa funcionalidad, lo cual desconozco, mediante la lectura de matriculas se pueden sancionar vehículos que no han pasado la ITV o están sin seguro.
UBICACIONES DE LAS CABINAS
- Avinguda Cubelles – 30 km/h – ambos sentidos.
- Avinguda Rocacrespa – 30 km/h – ambos sentidos.
- Passeig de Ribes Roges – 30 km/h – ambos sentidos.
- Ronda Ibèrica – 40 km/h – ambos sentidos.
TABLAS DE EXCESOS DE VELOCIDAD
En las sanciones de velocidad se tiene que aplicar el margen de error a modo de coeficiente reductor, es decir, por poner un ejemplo, si el radar nos mide una velocidad de 39 km/h entonces habría que restar 5 km/h, al tratarse de radar fijo, y la sanción entonces sería por circular a 34 km/h. Si la velocidad que viene en la foto del radar es la misma que la velocidad a la que nos sancionan, entonces, la sanción no sería legal.
Exceso de velocidad (vía de 30 km/h) | Importe | Puntos |
---|---|---|
Entre 31 y 50 km/h | 100€ | 0 |
Entre 51 y 60 km/h | 300€ | 2 |
Entre 61 y 70 km/h | 400€ | 4 |
Entre 71 y 80 km/h | 500€ | 6 |
Mas de 81 km/h | 600€ | 6 |
En el caso de los tramos de velocidad de 40 km/h la tabla sería la siguiente:
Exceso de velocidad (vía de 40 km/h) | Importe | Puntos |
---|---|---|
Entre 41 y 60 km/h | 100€ | 0 |
Entre 61 y 70 km/h | 300€ | 2 |
Entre 71 y 80 km/h | 400€ | 4 |
Entre 81 y 90 km/h | 500€ | 6 |
Mas de 91 km/h | 600€ | 6 |
Estas tres cabinas de radar estarán ya incorporadas en la actualización de Noviembre de los avisadores Lince y Onlyyou.