Presentada la nueva Ley de Seguridad Vial

El ministro del interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, acaba de presentar la nueva Ley de Seguridad Vial que va a entrar en vigor apartir del 25 de Mayo. A continuación os paso el texto de presentación de dicha ley en el que se hace un breve resumen de la misma, os pongo a todos los lectores el enlace a la descarga del pdf con la información al respecto y además os pongo directamente el cut&paste de la parte que nos interesa en lo referido a detectores de radar.

– Los objetivos principales son evitar la impunidad de algunos conductores infractores, reducir los tiempos de tramitación dotando a las sanciones de un carácter pedagógico y simplificar el procedimiento sancionador.

– Se establecen cuantías fijas para las sanciones: hasta 100 euros para las leves, 200 euros para las graves y 500 euros para las muy graves.

– Se eleva del 30% al 50% el descuento por pronto pago de las sanciones y se crea un procedimiento sancionador abreviado.

– Se unifican en todo el territorio las sanciones por exceso de velocidad que serán aplicables por todas las Administraciones.

– Se simplifica el cuadro de infracciones que detraen puntos con el fin de sancionar únicamente a las graves y muy graves.

– Se amplia de uno a cuatro años el plazo de prescripción de las sanciones pecuniarias.

– “Cambiamos para mejorar”, es el mensaje de la campaña informativa.

– El importe de las sanciones económicas obtenido de las denuncias se  destinará íntegramente a actuaciones en materia de seguridad vial, prevención de accidentes y ayudas a las víctimas.

En lo referido a la legalidad de los detectores de radar se confirma que la sanción será de 6 puntos y 6000 euros pero a los inhibidores y no a los detectores.

«Se introduce también, un nuevo catálogo de infracciones muy graves como no instalar las señalización de obras o hacerlo incorrectamente, poniendo en grave riesgo la seguridad vial o conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia y control del tráfico con una sanción de 6.000 euros.»

«Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a inhibir la vigilancia del tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como de inhibición de sistemas de detección de radar.»

El pdf con la nueva ley lo podeis descargar aquí

Inconsistencia encontrada en la web de la reforma de ley

En el pdf de la reforma de ley que os he puesto antes podeis ver lo que dice la ley en cuanto a detectores, en cambio si nos vamos a la web que han creado para presentar todo esto, concretamente el apartado de sanciones, nos encontramos con lo siguiente:

«Conducir vehículos con mecanismos o instrumentos de inhibición de la vigilancia del tráfico o de sistemas de detección de radar»

Como empiezo a tener la sensación de no saber si esto es un error o una tomadura de pelo a la cara, pues he enviado un email al Ministerio del Interior y sino me hacen caso pues les llamaré en breve. Si alguno de vosotros les llama (el número de teléfono es el 060) le ruego que me deje como comentario lo que le hayan dicho.

Autor: Alvaro
Creador y administrador del grupo de webs de Portalvasco.com. Desde Septiembre del año 2006 escribiendo en este blog sobre aviso de radares, radares y cinemómetros, noticias sobre temas de tráfico, motor, seguridad en carretera, seguros, leyes, un poco sobre sociedad, actualidad y temas relacionados con informática, accesorios electrónicos e internet.

9 ideas en “Presentada la nueva Ley de Seguridad Vial

  1. Que biennn, estoy entusiasmadooo!!!, yupiiii!!, que reforma más guaiii!!!. Cada 6 meses una vuelta de tuerca más.

  2. «Se amplia de uno a cuatro años el plazo de prescripción de las sanciones pecuniarias». ¿Hace falta leer más?

  3. sacado de uno de los enlaces:

    «CUADRO DE SANCIONES Y PUNTOS POR EXCESO DE VELOCIDAD
    SancionEs pOr excEsO de velociDat»

    Si no saben escribir cuanto menos legislar

  4. Se simplifica todo… 119,99Km/h bien… 120,1Km/h eres un asesino peligroso que pone en peligro la vida de los demás y has de ser expoliado hasta la saciedad (cosa que los políticos nunca se sacian… de vaciarnos los bolsillos).

    Puedes pagar de dos maneras… rapidito y como somos buenos aunque la multa sea injusta te lo dejamos en 50 euritos… sino ya puedes alegar lo que quieras que salvo que nos lleves a juicio pagarás los 100 euros y encima recaudación… todo por nuestra seguridad.

    Lo de los detectores está clara la maniobra: Quizás legalmente sea imposible multar por llevar un «receptor de radio de microondas» en el coche, pero así crean la confusión para que, si te pillan, luego tengas que pegarte con la DGT y volverlos a llevar a juicio para que no te multen, ya que vale es lo que diga el BOE, no la página web de marras.

    Pero claro, como todas las leyes en este puto país lo han hecho lleno de coladeros, y al final te multarán porque alegarán que el detector entra dentro del apartado «cacharros para evitar el expolio» y se quedarán con los huevos reposados.

    Ya se han quitado la careta del todo, ya no disimulan un ápice, van a saco a sacarnos el dinero, represión policial en las carreteras, quiero que vuelva la libertad que gozaba con Franco, Rubalcaba tendría que ser juzgado por abuso de poder…

    Pero nada, hasta la siguiente «ley de seguridad vial» donde seguro que estos nos traerán más leyes donde se volverán a cagar en nuestra libertad… eso si, por nuestra seguridad… y para justificarse, nos volverán a pasar por el telediario el mismo video que tienen del tío haciendo el loco por la carretera que llevan 6 años poniéndonos.

  5. Gracias por toda la información que os trabajáis nos trasladáis. Mucho esfuerzo este.
    Creo que para que nadie se llame a engaño, el mensaje en cuanto a los detectores que se debiera difundir, es el que estáis lanzando de forma correcta.
    Es decir:
    1º- La ley parece claro que dice lo que dice y no sanciona el llevar detectores. No sabemos si lo han hecho así por error o porque les ha entrado un ataque de cordura.
    2º- Pero como aquí, cada uno de los que mandan opina (se supone que sabiéndose la ley que han promulgado ellos mismos) cada uno de una manera distinta, y para unos es sancionable el llevar detector y para otros no, pues nosotros a la más dura….
    3º…y la más dura es que el sistema de detección oculto y desconectable o inutilizable. Y a no fiarse de nada.

    Y como corolario, una propuesta (aunque puede que ya esté hecha y en marcha, no lo sé). En caso de que a alguien le intentaran sancionar por llevar un detector, y si se dieran las condiciones mínimas para ello, realizar un esfuerzo conjunto de forma voluntaria para encaminarlo a alguna asociación sin ánimo de lucro y sufragar lo gastos que se derivaran con aportaciones voluntarias, dándole la debida publicidad. Y digo esto porque si se hacen las cosas bien una vez, ya tendríamos jurisprudencia en la mano y luego todo vendría más rodado.

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