Un estudio revela que un tercio de los conductores no respeta la distancia lateral de 1,5 metros entre el manillar de la bicicleta y el retrovisor del vehículo al adelantar a ciclistas en carretera. Además de la separación lateral, el riesgo de esta maniobra se encuentra en la alta velocidad y la elevada frecuencia de camiones, es decir, la seguridad de esta maniobra “depende no sólo del valor de la separación lateral, sino también de la velocidad a la que circula el vehículo que adelanta”.
Según explica Tráfico, el objeto de la medida es incrementar la seguridad vial «teniendo en cuenta la especial vulnerabilidad de los ciclistas frente a otros vehículos de motor con mayores masas y dimensiones».
· ¿EN QUE TRAMOS? Los tramos en las carreteras interurbanas que registren un elevado tránsito de ciclistas podrían verse afectados por límites de velocidad más restrictivos durante días y horarios concretos, según una nueva normativa publicada por el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La nueva regulación será visible de inmediato, como experiencia piloto, en la carretera comarcal 142, en el tramo entre Villanueva de Villaescusa y Selaya, uno de las más utilizados por los ciclistas a diario y, especialmente, los fines de semana. De esta forma, los sábados y días festivos, entre las ocho de la mañana y la una de la tarde, los vehículos sólo podrán circular como máximo a 70 kilómetros/hora, en lugar de los 90 km/h actualmente permitidos.
· ¿CUANDO ENTRA EN VIGOR? La medida entró en vigor el día 27 de enero y se mantendrá vigente durante todo este año para favorecer la coexistencia de los distintos tipos de vehículos que circulan por las vías públicas e incrementar la seguridad vial, atendiendo a la vulnerabilidad inherente al propio colectivo ciclista.
En cuanto la Jefatura Provincial de Tráfico tenga las señales que se colocarán en la carretera y que complementarán las que ya el año pasado situó la Consejería de Obras Públicas alertando de la presencia de ciclistas.
· ¿COMO NOS ENTERAREMOS? Será la Jefatura Central de Tráfico la que anunciará los límites de velocidad mediante señalización variable, o bien el organismo titular de la vía con señalización fija. En uno y otro caso se deberá indicar el alcance completo de la limitación, según el texto de la normativa.
Las limitaciones de velocidad se señalizarán mediante los paneles de información variable o a través de carteles fijos indicando los máximos permitidos. Además, la DGT informará de los tramos de vías afectados por estas limitaciones en su página web.
Por su parte, la Dirección General de Tráfico (DGT) informará de las vías y tramos afectados vía su página web www.dgt.es.
Fuente: DVuelta