Ilegalidad de las multas que impone el Ayuntamiento de Madrid por acceder sin permiso a las ZBE

El pasado mes de marzo una sentencia dictada por el Juzgado de lo Contenciso-Administrativo nº 34 de Madrid resolvió favorablemente el recurso promovido por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de uno de sus socios anulando la multa de 200€ que el Ayuntamiento de Madrid le impuso por “acceder a la ZBEDEP Plaza Elíptica sin autorización” porque “no constaba acreditada la correcta señalización de la zona” y porque el consistorio madrileño infringía el “principio de tipicidad” al no tener encaje la denuncia en el art. 76.z3 de la Ley de Seguridad Vial.

Igualdad en la aplicación judicial de la ley

Ahora, un nuevo juzgado, el nº 29 también de Madrid, amparándose en dicho precedente judicial, ha vuelto a anular otra multa de 200€ a otro conductor que accedió sin permiso a la ZDBEDEP Plaza Elíptica porque el caso presenta “identidad con procedimientos que ya han sido resueltos por otros órganos judiciales de esta circunscripción, de manera que fijan un criterio que hemos de asumir, entre otras razones, por la necesaria efectividad de los principios de unidad de doctrina y de seguridad jurídica, que en caso contrario quedarían aquí comprometidos y para cuya mayor efectividad debe siempre velar el órgano judicial que,, entre otros extremos, demandan siempre de los órganos judiciales, con carácter general, una igual solución jurisdiccional para casos procesalmente idénticos en lo más esencial, en aras asimismo a la necesaria efectividad del principio de igualdad en la aplicación judicial de la ley”.

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Autor: AEA
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