La Polica Local multa al conductor de un turismo por no llevar casco

La Policía Local de Huelva ha denunciado a un conductor por circular por vía urbana sin el casco de protección. La sanción sería de lo más normal si no fuera porque el presunto infractor conducía un turismo, concretamente un Seat Ibiza.

El denunciado no salía de su asombro cuando recibió a través de una carta la sanción impuesta por el Ayuntamiento de Huelva a través de la Policía Local. En la misma se detalla que la supuesta infracción se cometió el pasado 25 de febrero a las 11.00 horas en la calle Magnolia, del barrio del Torrejón.

En el documento se explica que el hecho denunciado no es otro que «no utilizar o utilizarlo inadecuadamente, el casco de protección reglamentario, el conductor obligado a ello». Pero al mismo tiempo, se apunta que el tipo de vehículo en el que circulaba el presunto infractor es un turismo, marca Seat Ibiza, color blanco.

El código de circulación es bastante claro al respecto e indica que «los conductores y pasejeros de motocicletas o motocicletas con sidercar, de vehículos de tres ruedas y cuadriciclos y de ciclomotores, deberán utilizar adecuadamente cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen tanto en vías urbanas como en interurbanas», pero en ningún caso hace extensiva esta obligación a los conductores de los turismos.

Fuente: Pere Navarro Dimisión

Autor: Otros
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5 ideas en “La Polica Local multa al conductor de un turismo por no llevar casco

  1. Hay un caso en el cual el casco es obligatorio para turismos. Se trata de cuando hay un vehículo que por forma constructiva, carece de parabrisas o lo tiene tan bajo que la cabeza asoma por encima de él. Apenas existen esos vehículos, y de lis últimos años, el exponente más conocido era el Renault Sport Sipder.

    Además, hay un caso en el que se puede ir en moto sin casco (o mejor dicho, está prohibido ir en moto con casco), y es el caso que se trate de una moto con techo rígido y asiento con cinturon(es) de seguridad. Es el caso del scooter ejecutivo BMW C1.

  2. no estoy seguro…
    pero las motos C1 de bmw tenian cinturon de seguridad y estaban exentas de llebar casco si llebabas cinturon
    y juraria ke si vas en coche con casco no tienes ke llebar cinturon (absurdo porke si te chocas con el coche el volante de destrozara el pecho y la cabeza la tendras perfecta)
    otra cosa es ke el ibiza tenga unas barras antivuelco como un coche de rally y entonces deba de llebar casco 🙄

  3. Volvemos a lo que siempre hemos hablado en esta web, que todo quedará en una anécdota porque no creo que este señor tenga ningún problema en que le quiten la multa en cuanto alegue que su coche era un turismo, eso si, ¿quién le paga a este señor las molestias y gastos derivados en esta penúltima memez de la burrocracia de la DGT?

    Pero… ¿y si este señor hubiera ido en moto de verdad en vez de coche?¿ como demuestra que SI llevaba el casco y que los equivocados son los denunciantes? lo de siempre, el ciudadano es culpable, AUNQUE demuestre lo contrario.

    Si por ley la DGT tuviera que abonar el doble del importe de la multa cada vez que mete la pata, veriamos si ponia más cuidado… o entonces no nos iba a salvar de la «hoguera» ni el tate.

    País País…

    http://www.lacasadelarcerojo.wordpress.com

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