Tráfico sisa a los conductores el margen de error de los radares

Una reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Burgos ha aceptado los argumentos de la denuncia realizada hace dos años por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) , respecto a la indebida aplicación de los márgenes de error que la DGT realiza para sancionar los excesos de velocidad y la utilización de una norma técnica obsoleta, la Norma UNE 26444, para fijar el importe de las multas.

La resolución judicial dictada en contestación al recurso promovido por los servicios jurídicos de AEA
en defensa de los derechos de uno de nuestros socios, que fue denunciado por circular a 151 km/h en un tramo limitado a 120 km/h, reduce la sanción de 300€ y 2 puntos, a sólo 100€ sin puntos, al considerar que siendo que “ el vehículo con el radar no estaba en movimiento sino parado, el margen que la norma UNE aplica es de +3%”.

No obstante, la sentencia aclara que la norma aplicable no era ésta sino la Orden ITC/3123/123/2010,
“en cuyo caso el margen de error de la norma ITC es de un 2% superior, es decir 3,02 km/h menos”. Y esta circunstancia llevada a la tabla de multas prevista en el Anexo IV de la Ley de Tráfico y Seguridad
Vial, “supone su reducción a infracción grave, sancionada con multa de 100€ y sin retirada de puntos”.

Normativa obsoleta

Como se recordará, hace dos años AEA denunció la utilización indebida por parte de la DGT de una norma técnica que había quedado obsoleta desde el año 2006, para graduar el importe de las sanciones por exceso de velocidad.

En todas las denuncias formuladas desde dicha fecha por este motivo (aproximadamente unos 18 millones), Tráfico indicaba a los automovilistas afectados que para el cálculo del exceso y la sanción aplicable “se han tenido en cuenta los márgenes de error estipulados en la Norma UNE 26444”.

Sin embargo, según denunciamos entonces “la Norma UNE 26444 no era más que una recomendación técnica elaborada por una entidad privada, que había quedado obsoleta y que, además, establecía unos márgenes de error inferiores a los establecidos por la legislación vigente para la medición de velocidad captadas por radares”.

Autor: AEA
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