El seguro en accidentes y siniestros con bicicletas o patinetes

Desde que las bicicletas y los patinetes se están estandarizando en nuestras vías, sobre todo estos últimos, cada vez va a ser mas frecuente el hecho de tener un accidente contra alguno de estos. En ese caso hay que tener claro como actuar en lo que se refiere al seguro, según las leyes actuales la situación a priori está perfectamente detallada, siempre y cuando no haya una fuga y, al no tener estos vehículos matrícula, no podamos anotar nada para luego denunciar.

En estos casos hay que diferenciar entre quien tiene la culpa, como es lógico, y proceder a actuar en consecuencia.

La responsabilidad del siniestro es del vehículo

En este caso si se da un golpe a un patinete o a una bicicleta sería igual que si se da a otro coche, se realiza un parte, se envía el parte al seguro, y el seguro se hará cargo de los daños materiales o personales que haya sufrido el conductor del patinete o bicicleta. En este tipo de siniestros, con responsabilidad del vehículo, no cambia nada respecto a si el siniestro fuera el siniestro entre dos vehículos de siempre.

La responsabilidad del siniestro es del patinete o la bicicleta

En este caso lo primero es identificar al conductor del vehículo, mediante DNI, no hay otra forma ya que el patinete o bicicleta no lleva matrícula. Una vez hecho eso se puede proceder a un parte como si de otro vehículo se tratase pero, al no ser exactamente la misma situación que entre dos coches, se suele recomendar que lo mejor que se puede hacer es llamar a la policía municipal para que se identifique y proceda a levantar un atestado. En este tipo de siniestros hay que tener cuidado ya que es fácil que al final la culpa, por defecto, acabe en el conductor del coche.

En el caso de patinetes de alquiler o uso compartido es la mejor situación que puede darse ya que este tipo de servicios tienen un seguro contratado, así que sería el seguro de la empresa que da el servicio el que se haría cargo.

Los particulares deberían tener seguro o bien de responsabilidad civil, que le cubra este tipo de siniestros, o bien lo que cada vez es mas recomendable, un seguro específico para el uso de patinetes. En el caso de que el usuario del patinete o bicicleta no tenga seguro que le asista deberá tener que indemnizar de su propio dinero los daños causados, pudiéndose solicitar el pago vía judicial mediante embargo de bienes o nóminas presentes o futuras.

Accidentes con culpabilidad de menores de edad

En este caso también está totalmente claro quienes son los que deberán hacerse cargo de la responsabilidad y daños causados por el menor, en este caso la ley no deja ningún lugar a dudas. Son los padres del menor quienes deberían haber contratado un seguro que se haga cargo de un accidente de este tipo y, en el caso de que no lo tengan, ser ellos los que indemnicen directamente a la parte contraria.

Autor: Alvaro
Creador y administrador del grupo de webs de Portalvasco.com. Desde Septiembre del año 2006 escribiendo en este blog sobre aviso de radares, radares y cinemómetros, noticias sobre temas de tráfico, motor, seguridad en carretera, seguros, leyes, un poco sobre sociedad, actualidad y temas relacionados con informática, accesorios electrónicos e internet.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *