Tráfico recuerda con una campaña divulgativa la obligatoriedad de la DEV para personas jurídicas
Las personas jurídicas vienen relacionándose de forma electrónica con la Dirección General de Tráfico de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y, en esta misma línea a partir del próximo 1 de noviembre también deberán disponer de una Dirección Electrónica Vial en base a lo establecido en el artículo 60 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
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