Conducir habiendo perdido todos los puntos es delito y no falta administrativa
El Tribunal Supremo ha establecido que conducir con el permiso sin vigencia por pérdida de todos los puntos es delito y no una falta administrativa. El alto tribunal explica que el delito contra la seguridad vial, del artículo 384 del Código Penal, aplicable al caso, no requiere un elemento adicional de poner en un riesgo concreto la seguridad vial, y basta con la puesta en peligro en abstracto que supone conducir sin las condiciones legales para ello.
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