La foto del radar no basta para condenar a un conductor por ir a 232 km/h
La fotografía del radar fijo y el certificado de verificación del aparato no bastan para condenar a alguien por un delito contra la seguridad vial.Así lo determina la SecciónPrimera de la Audiencia Provincial en una sentencia que revoca a su vez otra del Juzgado de loPenal número 1 de Burgos, que había castigado a un conductor denunciado por ir 231,9 kilómetros por hora.
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